noviembre 21, 2024

Informe de Transferencias a terceros revela incumplimientos con normativa contable en la Municipalidad de Belén

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En el informe sobre transferencias a terceros INF-AI-06-2020, se hicieron 18 recomendaciones a la Administración Municipal.

  • Poco control y carencia de registros en las ayudas, advierte Auditoría 

Redacción El Guacho                                                                     

redaccion@periodicoelguacho.com 

Las transferencias a terceros que realiza la Municipalidad de Belén fueron fiscalizadas por el informe INF-AI-06-2020, elaborado por Auditoría Interna, en el que se concluyó que: “Estas no cumplen con la normativa aplicable al tratamiento contable que solicitan las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público (NICSP). Además, se incumple con los principios de reconocimiento, presentación y revelación de los ingresos”. 

Otro de los hallazgos es el incumplimiento con el Artículo 15 de la Ley General de Control Interno, ya que la Administración Municipal no lleva un registro auxiliar de las cuentas que se encuentran pendientes de pagar y los gastos por concepto de transferencia a terceros. Además, no se encuentra conciliado con los saldos contables, lo que impide  determinar la situación de éstas a una fecha dada. 

Asimismo, la Dirección Área Administrativa Financiera no tiene la práctica de realizar mensualmente un análisis de las transferencias a terceros, que le ayude a dar seguimiento y tomar decisiones en beneficio del  cantón de Belén, el cual conste mediante un documento formal que sea comunicado a las instancias  tomadoras de decisiones. 

Este informe también concluyó que el cálculo que realiza la Dirección del Área Administrativa Financiera para realizar la  distribución porcentual de los ingresos al 31 de diciembre de 2018 y 2019, para el Concejo Nacional de  Personas con Discapacidad (CONAPDIS) y el Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Belén  (CCDRB), de acuerdo con la normativa respectiva, presentan inconsistencias, lo que genera que los  recursos que se transfieren a estas instituciones no se ajusten a lo establecido por ley. 

Esta gestión de las transferencias a terceros, desde la perspectiva de control interno y riesgo, demuestra que  “la Administración Municipal a la fecha carece de procedimientos formales y actualizados relacionados con el proceso de revisión y autorización de transferencias, giro de  recursos y liquidaciones girados a terceros, y sobre el proceso de cálculo de la  generación de estas. No tiene la práctica de monitorear y actualizar periódicamente los riesgos identificados de las unidades y de llevar un control permanente de ellos y de las actividades propuestas para mitigarlos, que le permita tener una adecuada administración de los riesgos”, detalló el informe INF-AI-06-2020. 


Auditoría Interna señaló que “reiteradamente se muestran debilidades respecto a los documentos respaldos de los montos transferidos, presentación de información tardía de información, inconsistencias en las facturas, entre otros. Estas acciones debilitan el sistema de control interno, y no permite la adecuada rendición de cuentas de los recursos públicos transferidos, situación que se refuerza con los resultados obtenidos de la evaluación realizada por la auditoría externa”, se detalló. 

Otros Hallazgos  

Dentro de los múltiples ejemplos de transferencias a terceros que no cumplen  con todos los lineamientos contables y de control interno estipulados destaca: el otorgamiento de  16 millones de colones para reparaciones domésticas en el año  2017 sin contar con el detalle de los trabajos realizados. Además, es imposible determinar la cantidad de veces que una misma persona recibe ayudas al año, los rangos de montos autorizados por beneficiarios para la compra de alimentos o pagos de alquileres, según señala Auditoría Interna.  

El informe INF-AI-06-2020 menciona que desde hace 3 años, el mayor porcentaje de las transferencias a terceros se ubican dentro de la clasificación de “Otras transferencias corrientes a empresas públicas no financieras”. 

Sobre los otorgamientos de becas económicas, el resultado recurrente es que estas son otorgadas sin que se verifiquen o realicen estudios socioeconómicos del beneficiario. 

Recomendaciones 

Para corregir las falencias que se tienen en este tema, el órgano de control interno emite un total de 18 recomendaciones. Dentro de estas se destaca que la Administración debe realizar un examen de todas las transferencias a terceros, para determinar el registro contable de ellas de acuerdo con su naturaleza, en cumplimiento con lo establecido en las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público; además, debe elaborar un procedimiento general que regule las transferencias a terceros, debe comunicar y mantener actualizada las políticas, procedimientos y reglamentos de la Institución. 

Adicionalmente, la Dirección del Área Administrativa Financiera debe hacer una distribución del uso correcto y eficiente de los recursos públicos, de acuerdo con lo establecido en la Ley General de Control Interno. En el caso específico del Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Belén (CCDRB), solicita efectuar lo necesario para que el monto distribuido de más sea compensado en el periodo 2021.  

Se recomienda a la Administración implementar mecanismos con el fin de que las instituciones y personas a las que se les otorgue recursos públicos cumplan con todos los requisitos en tiempo y forma. “Requerimos que, en un plazo de 30 días hábiles, se nos remita el plan de acción que considere las actividades a realizar, el responsable y el plazo para su cumplimiento, con el fin de atender las recomendaciones según lo establecido en el artículo 37 de la Ley General de Control Interno, No.8292”, finaliza el informe.  

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