Resolución judicial le permitirá a la Municipalidad cobrar por limpieza de vías y mantenimiento de parques a empresa que se negaba pagarlo
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Estas tasas no están exoneradas para empresas en régimen de Zonas Francas
Redacción El Guacho
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La Municipalidad de Belén recibirá el pago de limpieza de vías y mantenimiento de parques que la empresa Align Technology de Costa Rica Limitada no venía cancelando. Esta entidad es una empresa internacional de dispositivos médicos dedicada al diseño, la fabricación y la comercialización de soluciones.
Mediante el oficio DJ-538-2021 del director jurídico Ennio Rodríguez, se dio a conocer esta resolución de la Sección Tercera del Tribunal Contencioso Administrativo, expediente 20-005237-1027-CA, en la que se faculta a la Municipalidad de Belén a cobrar por limpieza de vías y mantenimiento de parques a empresas que se encuentren inscritas en el régimen de zona franca.
Según la resolución: “No se puede perder la perspectiva que los parques y las vías públicas son bienes que se rigen por los principios de la demanialidad, están destinados a la satisfacción de un fin público dirigido al beneficio de la colectividad, sin que se pueda precisar exclusión alguna de personas. La empresa se ubica en un cantón en el que se brindan tales servicios y ellos tienen un costo efectivo en su prestación, de modo que deben ser sufragados por todos los contribuyentes de la zona”.
Asimismo indica que: “Sin duda, la sociedad apelante es una contribuyente del cantón de Belén, que goza de una exoneración parcial de algunos tributos locales por un lapso de tiempo determinado, más dicha dispensa en el pago de las tasas por los servicios aquí revisados, no está contemplada en la norma de cita, pues aun cuando sea de manera directa o indirecta, también es beneficiaria de ellos”.
Además indicaron que “esta Cámara no comparte la lectura que hace el apelante del artículo 20 inciso h) tendiente a que se le desgrave del pago de los servicios de limpieza de vías y mantenimiento de parques, pues la exoneración que pretende, no está prevista en la norma. La sociedad apelante está en el deber de pagar las tasas sometidas al presente examen, de modo que sus agravios son de rechazo, el recurso se debe declarar sin lugar, confirmándose el acto cometido en alzada. Al no haber ulterior recurso, se ha de dar por agotada la vía administrativa”, sentenciaron.
Esta resolución es un antecedente muy importante para el régimen municipal, ya que confirma que a las empresas acogidas al Régimen de Zonas Francas, sí se les puede cobrar por los servicios de limpieza de vías y mantenimiento de parques.
Estas tasas no están cubiertas exoneración genérica subjetiva establecido en el inciso h) del artículo 20 de la Ley No. 7210 del 23 de noviembre de 1990, por lo tanto se confirma la obligación que tienen tales empresas de pagar por los mismos a las Municipalidades.
Reacciones
Según el acta de la sesión ordinaria 72-2021, la regidora Zeneida Chaves, manifestó que es una gran felicitación, porque va a generar alrededor de 100 mil dólares de recursos para este municipio, para dar ese servicio al cantón.
Para la regidora Maria Antonia Castro, le parece excelente el fallo del Tribunal ya que ayudará mucho al régimen municipal. Además, propone agregar la sentencia o fallo completo a todas las Municipalidades para que lo puedan utilizar quienes tienen zona franca.
El regidor Ulises Araya, felicitó a la Dirección Jurídica por este fallo a favor de la tesis de la Municipalidad, consideró que hay desequilibrios fiscales que existen en este país. Le llamó la atención la Resolución de los Jueces, porque en su análisis mencionan que quienes se ven beneficiados con la limpieza de parques es la colectividad.
Asimismo, “ve muy saludable el fallo a favor de la Municipalidad para recuperar dinero, porque cuando se hizo la Reforma a la Ley de Zonas Francas en el 2010, donde se modificaron las leyes, se dejó de percibir más de 1 mil millones de colones, que repercutió en las ayudas que se dan a las asociaciones del cantón, por eso, en su momento, se interpuso un Recurso de Amparo, porque no es estar en contra de la zona franca, pero si con aportes después de los 10 años de instalados.
Versión de la empresa
El periódico El Guacho intentó conocer la versión de la empresa mencionada en la resolución; sin embargo, al cierre de la edición no se obtuvo respuesta.