noviembre 21, 2024

Comunicado del Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Belén

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El Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Belén informa a los belemitas la cronología de los hechos y procesos judiciales a los que se han recurrido para salvaguardar los procesos y activos públicos que tiene en su haber.

Sobre la Junta Directiva:

1. El 18 de febrero del 2013, se publicó en el Diario Oficial La Gaceta Nº 34 el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Belén que en su artículo 14 establece el procedimiento para la convocatoria para la Asamblea de elección de nuevos miembros de Junta Directiva. Asimismo, el artículo 8 establecía una prohibición para participar en la Asamblea a aquella persona que tuviese asuntos pendientes ante los Tribunales de Justicia.

2. El 28 de septiembre del 2013, en Sesión Ordinaria Nº 37-2013, artículo 3, de la Junta Directiva del Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Belén (CCDRB) acordó convocar a Asamblea de Elección de los nuevos miembros de la Junta -para el período diciembre 2013 a noviembre 2015- la que se llevó a cabo el 11 de noviembre 2013 en la Sala de Capacitaciones del CCDRB.

3. El miércoles 9 de octubre 2013, la Administración General del CCDRB mediante oficio ADM- 2751-2013 inició el levantamiento del padrón electoral para la Asamblea. Para ello, se publicó en la página web y en el Facebook: la invitación para empadronarse.

4. El 12 de octubre 2013, en Sesión Ordinaria Nº 39-2013, artículo 3, de la Junta Directiva del CCDRB, se estableció el padrón electoral de la Asamblea de las ONG para elegir a un representante en la nueva Junta Directiva.

5. El 11 de noviembre 2013, se llevó a cabo la Asamblea de Elección de los nuevos miembros de Junta Directiva del CCDRB, la cual quedó a cargo de la Comisión Electoral electa para ese fin constituida por Lucrecia González como representante del CCDRB, Luis Zumbado como representante del Concejo Municipal y Francisco Ugarte abogado de la Dirección Jurídica de la Municipalidad de Belén, la que acreditó a los participantes de la Asamblea. En esa oportunidad, el presidente de Fútbol enunció que en ese momento había en curso dos denuncias contra el señor Juan Manuel González, por lo tanto se concluye que su participación viciaría eventualmente la Asamblea esto por lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento de Funcionamiento del CCDRB. Al final de la Asamblea se nombró a dos representantes: Juan Manuel González Zamora y Roberto Carlos Zumbado Zumbado. Por parte de las ONG’s, se eligió al señor Carlos Luna Alvarado.

6. El 17 de diciembre 2013, en Sesión Ordinaria Nº 75-2013, artículo 26, del Concejo Municipal de Belén, se acordó: Avalar el Oficio MB-081-2013 del Asesor Legal Luis Álvarez y el Director Jurídico Ennio Rodríguez quienes ante las situaciones procedimentales que habían impedido la designación de los miembros del Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Belén y con el fin de que no se interrumpieran los servicios públicos prestados por ese órgano desconcentrado, se autorizó que el Alcalde Municipal, en ejercicio de sus competencias como administrador general del municipio y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 17 inciso a) del Código Municipal, asumiera la representación del Comité Cantonal de Deportes hasta que su Junta Directiva se encontrara integrada y juramentada; y que en esa condición pudiera suscribir los actos, y ejecutar los procesos necesarios para la adquisición de bienes y servicios requeridos para el mejor cumplimiento de los fines públicos que garantizaran la CONTINUIDAD y la REGULARIDAD de los Servicios Públicos en materia deportiva y recreativa para la ejecución de los planes, proyectos y programas deportivos y recreativos del Municipio. Todo, en beneficio de los intereses públicos superiores que garantizarían mejorar la calidad de vida de los ciudadanos belemitas.

7. El 11 de febrero del 2014, en Sesión Ordinaria Nº 9-2014, artículo 5, del Concejo Municipal de Belén, se nombró a Rosario Alvarado González y Manuel González Murillo como los representantes del Concejo ante la Junta Directiva del CCDRB.

8. El 1° de abril del 2014, en Sesión Ordinaria Nº 19-2014, artículo 11, del Concejo Municipal de Belén, la Secretaría informó que en la Gaceta Nº 53 del 17 de marzo 2014 se publicó el acuerdo tomado en Sesión Ordinaria Nº 9-2014, artículo 6, donde se modificó el artículo 8 del Reglamento de Funcionamiento del CCDRB, de modo que se eliminó el impedimento a que personas con asuntos judiciales pendientes pudiesen formar parte de la Junta Directiva del CCDRB. De esta forma, queda consignado que la prohibición la tendrían solamente los que tuviesen sentencias judiciales en firme o que se les hubiese encontrado responsables de cometer algún delito.

9. El 20 de mayo del 2014, en Sesión Ordinaria Nº 30-2014, artículo 3, del Concejo Municipal de Belén, se juramentó a Rosario Alvarado, Manuel González Murillo y Roberto Carlos Zumbado.

10. El 3 de junio 2014, en Sesión Ordinaria Nº 32-2014, artículo 3, del Concejo Municipal de Belén, se juramentó a Carlos Alvarado Luna.

11. El 10 de junio 2014, en Sesión Ordinaria Nº 34-2014, artículo 4, del Concejo Municipal de Belén, se juramentó a Juan Manuel González Zamora.

12. El 25 de junio 2014, en Sesión Ordinaria Nº 35-2014, artículo 9, del Concejo Municipal de Belén, se conoció consulta de la Administración General del CCDRB y el Concejo acordó que se procediera como en derecho correspondía y se convocó y nombró a los miembros del directorio de la Junta Directiva del CCDRB.

13. El 25 de junio 2014, en Sesión Extraordinaria Nº 7-2014, artículo 2, de la Junta Directiva del CCDRB se nombró el Directorio del período 2013-2015 de la siguiente manera Manuel González Murillo, Presidente; Roberto Carlos Zumbado Zumbado, Vicepresidente; Rosario Alvarado González, Vocal 1, quedando pendiente el segundo y tercer vocal por ausencia de los otros dos miembros.

14. El 9 de julio 2014, en Sesión Ordinaria Nº 38-2014, artículo 8, del Concejo Municipal de Belén, se acordó: “[…] Aclarar que una vez nombrados y juramentados los miembros de la Junta Directiva del Comité Cantonal de Deportes, desde el momento mismo desde que fueron nombrados y juramentados; quedan sin efecto los acuerdos del Artículo 26 del Acta 75-2013, con fecha 17 de diciembre del 2013. SEGUNDO: Agradecer la información del oficio ADM-1649-2014. TERCERO: Felicitar y agradecer a los miembros electos deseándoles muchos éxitos; dando cumplimiento a la normativa vigente y al reglamento de funcionamiento del Comité Cantonal de Deportes Belén. CUARTO: Cursar invitación a la nueva Junta Directiva del Comité de Deportes al Concejo

Municipal […]”

Las Disputas Legales

15. El 7 de agosto 2014, en Sesión Ordinaria Nº 16-2014, artículo 7, de la Junta Directiva del CCDRB se conoció el informe del Tribunal Electoral sobre las Asambleas de Elección de los nuevos Comités Comunales de los Distritos de Belén. Contra dichas Asambleas se recibió un Recurso de Revocatoria.

16. El 14 de agosto 2014, en Sesión Ordinaria Nº 17-2014, artículo 6, de la Junta Directiva del  CCDRB se resolvió con lugar el Recurso de Revocatoria y se anularon las Asambleas de los nuevos Comités Comunales de los Distritos de Belén, y se ordenó hacer las propuestas de corrección al Reglamento de Funcionamiento del CCDRB para subsanar las inconsistencias en dicha elección.

17. El 1º de septiembre 2014, se notificó al CCDRB de un procedimiento administrativo promovido por el señor Minor Murillo, que apertura el Alcalde Horacio Alvarado Bogantes contra la Asamblea de las Asociaciones de Elección de dos miembros de Junta Directiva el CCDRB, el cual fue elevado a la Fiscalía de Transparencia y Anticorrupción (Exp.15-202-382-PE) al considerar que la Alcaldía esta cometiendo eventualmente prevaricato al resolver un asunto que es competencia de la Junta Directiva del CCDRB.

18. El 23 de octubre 2014, en Sesión Ordinaria Nº 33-2014, artículo 6.4, de la Junta Directiva del CCDRB se conoció el recurso de nulidad contra todas las actuaciones de la Junta Directiva del CCDRB, ya que según su opinión al no participar él de las Sesiones las mismas estaban viciadas de nulidad, dicho recurso fue rechazado por la Junta Directiva y notificada. Luego el señor Carlos Alvarado Luna presentó un recurso de revocatoria con apelación contra la decisión esa decisión la cual fue rechazada por la Junta Directiva del CCDRB el 6 de noviembre del 2014 y fue elevado en apelación al Concejo Municipal. Luego, el señor Alvarado Luna elevó el caso ante el Tribunal Contencioso Administrativo el cual rechazó el procedimiento mediante resolución Nº 364-2015 el 3 de agosto 2015 por considerar que ese tema debe ser resuelto por el Concejo Municipal.

19. El 17 de noviembre 2014, en Sesión Extraordinaria No 37-2014, artículo 7, de Junta Directiva del CCDRB se adjudicó en la plataforma MERLINK los procesos de Licitación Abreviada:

a. 2014LA-000012-0005700001, a la Asociación Deportiva Belén Baloncesto.

b. 2014LA-000005-0005700001 a la Asociación Deportiva Belén Fútbol.

c. 2014LA-000006-0005700001, a la Asociación Deportiva Belén Gimnasia.

d. 2014LA-000008-0005700001, a la Asociación Deportiva Belén Natación.

e. 2014LA-000009-0005700001, a la Asociación Deportiva Belén Taekwondo.

f. 2014LA-000010-0005700001, a la Asociación Deportiva Belén Triatlón.

g. 2014LA-000011-0005700001, a la Asociación Deportiva Belén Voleibol.

h. 2014LA-000002-0005700001, a la Asociación Deportiva Belén Atletismo. A este procedimiento le presentaron un recurso de revocatoria (Sra. Indra Hansen) y fue rechazado el 15 de enero 2015, en Sesión Ordinaria 02-2015, artículo 6.3. Posteriormente la señora Hansen elevó el caso ante el Tribunal Contencioso Administrativo expediente 15-000003-1027-CA por considerar que la adjudicación fue anómala e ilegal. De dicho asunto se rechazó la medida cautelar solicitada y esta pendiente la resolución del fondo.

i. 2014LA000007-0005700001, la disciplina de Karate se adjudicó a la Asociación Deportiva Belén Taekwondo. El Sr. Allan Cambronero presentó recurso de revocatoria el cual fue rechazado el 15 de enero 2015, en Sesión Ordinaria 02-2015, artículo 6.4. Posteriormente el señor Cambronero elevó el caso ante el Tribunal Contencioso Administrativo por considerar que la adjudicación fue anómala e ilegal. De dicho asunto se rechazó la medida cautelar solicitada y esta pendiente la resolución del fondo.

j. 2014LA-000004-0005700001, se declaró infructuoso ya que la Asociación de Ciclismo Recreativo Belén violentó las condiciones del Cartel al presentar como entrenador al señor Miguel Alfaro que era a su vez Regidor Municipal lo que estaba prohibido en las condiciones cartelarias.

20. El 24 de noviembre 2014, el Tribunal Contencioso Administrativo, notificó a la Junta Directiva del CCDRB el curso del expediente 14-009790-1027-CA de la Asociación Deportiva de Atletismo y otros contra el CCDRB por considerar que las licitaciones abreviadas de servicios técnicos tenían algunas irregularidades, solicitando una medida cautelar la cual fue aprobada en el mes de febrero 2015, pero fue revocada por el mismo Tribunal quince días después al acreditar la legalidad del procedimiento aplicado por el CCDRB. Posterior a estos hechos, la Asociación de Atletismo y Natación se retiraron del proceso, dejando a las Asociaciones de Karate y Ciclismo solas en un proceso aún en curso.

21. El 24 de noviembre 2014, Juan Manuel González Zamora, miembro de Junta Directiva del CCDRB interpuso un Recurso de Amparo contra el CCDRB, aduciendo que él solicitaba las actas y agendas de las Sesiones y que no se las facilitaban, la Sala Constitucional le dio curso con Nº 14-018293-0007-CO, y el Comité presentó la prueba de que el señor Juan Manuel se le enviaban todas las actas y solicitudes de información a su casa de habitación pero nunca recibían la documentación lo cual quedó consignado inclusive con la Fuerza Pública y correos certificados de Correos de Costa Rica.

22. El jueves 27 de noviembre 2014, en Sesión Ordinaria No 39-2014, artículo 7.1. se conoció recurso de nulidad contra el acuerdo tomado por la Junta Directiva del CCDRB en Sesión Ordinaria Nº 33-2014, artículo 4.8 donde se modificó parcialmente el manual de puestos incluido el puesto de secretaría de Junta Directiva. Esta acción fue rechazada por la Junta Directiva y también fue recursada en revocatoria y apelación y fue rechazada por la Junta Directiva el 9 de abril 2015, en Sesión Ordinaria 13-2015, artículo 8.2 y se elevó en condición de apelación ante el Concejo Municipal.

23. El 19 de diciembre 2014, la Sala Constitucional mediante resolución 2014020553 resolvió declarar sin lugar el Recurso presentado por Juan Manuel González Zamora ya que el Tribunal no acredita la alegada lesión al derecho fundamental consagrado en el artículo 30 constitucional.

24. El 26 de enero 2015, la Alcaldía de la Municipalidad de Belén, ordenó cerrar una cancha pública de Baloncesto, ubicada detrás de la Municipalidad para usarla como parqueo de los funcionarios de la Municipalidad, por esta razón la Administración del CCDRB acudió a la Sala Constitucional alegando violación de los derechos de los Belemitas y se tramitó el expediente 15-8336-007-CO el cual fue declarado con lugar mediante resolución 2015-010900 ordenando la entrega de dicha instalación al CCDRB y el dejar de usar esa zona como parqueo.

25. El 12 de febrero 2015, en Sesión Ordinaria Nº 6-2015, se acordó solicitar al Concejo Municipal criterio debido a que el señor Carlos Alvarado y Juan Manuel González Zamora, se han ausentado a las Sesiones de Junta Directiva del CCDRB por más de tres meses y por lo tanto se solicita al Concejo ordenar una nueva asamblea para elegir miembros que los sustituyan por sus ausencias, a lo que el Concejo manifestó que para cada caso la Junta Directiva del CCDRB debía nombrar un órgano director para establecer la verdad real de los hechos y resolver conforme a derecho.

26. El 28 de febrero del 2015, la Asociación Deportiva Ciclismo Recreativo Belén, presentó ante el Tribunal Contencioso Administrativo una demanda contra la Junta Directiva del CCDRB por considerar ilegal la resanción contractual de la licitación publica 01-2013 que venció en diciembre del año 2014, lo anterior bajo el expediente 15-002930-1027-CO, donde solicitó medida cautelar contra el CCDRB misma que fue rechazada el 4 de agosto 2015 por dicho Tribunal mediante resolución Nº 2049-2015, dejando pendiente resolver el fondo de la demanda.

27. El 5 de mayo 2015, en Sesión Ordinaria Nº 26, artículo 26, del Concejo Municipal, el regidor Miguel Alfaro, presentó una moción para suspender a la Junta Directiva del CCDRB por 5 meses la cual fue aprobada, aduciendo que la Junta Directiva es ilegal con motivo de que Carlos Alvarado Luna y Juan Manuel González no asisten a la sesiones de Junta Directiva. Por esta razón los 3 miembros que asisten regularmente (Manuel González Murillo, Rosario Alvarado y Roberto Carlos Zumbado) acudieron a la Sala Constitucional alegando una violación a sus derechos fundamentales, la cual fue acogida bajo el expediente 15-6643-0007-CO y se resolvió con lugar mediante resolución 2015-008168 y se restituyeron los miembros de Junta Directiva del CCDRB en sus puestos en el pleno goce de sus derechos.

28. El 7 de mayo 2015, la Administración General del CCDRB, con motivo de una orden del Concejo Municipal Ref.6029-2013, se ordenó que todo vehículo municipal debe ser conducido por un funcionario municipal, por este motivo se resolvió no prorrogar, a partir del diciembre 2015, un convenio que había entre el CCDRB y la Asociación Deportiva de Ciclismo San Antonio de Belén, y por esta razón se solicitó de oficio la devolución de la buseta con placa municipal SM-3675, sin embargo al no hacer efectiva la devolución nos vimos obligados a interponer una denuncia ante la fiscalía (Exp.15-000209-382-PE luego de lo cual dicha Asociación accedió a devolver la buseta finalizando la causa.

29. El 7 de mayo 2015, la Administración General del CCDRB con motivo de una orden del Concejo Municipal y de la Auditoría llevó a cabo un levantamiento de los activos del CCDRB, entre estos unas bicicletas que prestó a la Asociación Deportiva de Ciclismo San Antonio de Belén. A ellos se le solicitaron los activos para inventariarlos y plaquearlos. Al no recibir respuesta se procedió a interponer denuncia ante la Fiscalía (15-000204-382-PE) tras lo cual la Asociación procedió a la devolución parcial de los activos. Actualmente se sigue el proceso por el faltante de 5 bicicletas.

30. El 7 de mayo 2015, la Administración General del CCDRB, con motivo de una donación realizada al CCDRB y que fue recibida por el Alcalde Horacio Alvarado, sin que se entregaran los bienes donados al Comité y ante la negativa de la Alcaldía a entregar dichos activos se procedió a presentar denuncia ante la Fiscalía (Exp.15-000212-382-PE) la que se encuentra en curso actualmente.

31. El 7 de mayo 2015, la Administración General del CCDRB siguiendo instrucciones de la Junta Directiva del CCDRB presentó causa contra el proveedor que instaló la pista sintética, por considerar un eventual fraude al no cumplir con las condiciones contractuales de la pista. Este proceso se encuentra en curso.

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